Reclamar defectos de construcción a una promotora: plazos, garantías y pasos a seguir

Adquirir vivienda nueva sobre plano no obliga a asumir cualquier defecto que aparezca después. La LOE establece garantías obligatorias frente a la promotora, más largos de lo que suele pensarse. La ley distingue tres periodos: un año para los defectos de terminación, tres años para los que web afectan a la habitabilidad y diez años para los que comprometen la estructura. El cómputo arranca en la recepción de la obra, no desde la entrega de llaves de cada vivienda. La vía de reclamación empieza por documentar: un dictamen técnico que describa el daño, determine su origen y valore la reparación. Sin ese informe la reclamación se queda en una opinión. Después llega la reclamación extrajudicial, dirigida a la promotora y al resto de agentes de la edificación que corresponda. Muchos asuntos se resuelven ahí; los que no, continúan por vía judicial con el informe pericial como prueba principal. En promociones grandes actuar a través de la comunidad de propietarios refuerza mucho la posición y reparte el coste del peritaje.

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